GRUPO DE SENDERISMO DE JUBILADOS DE BANCAJA
NORMAS E INSTRUCCIONES
El notable incremento del número de asistentes a las excursiones organizadas por el Grupo, hace necesario condensar y sistematizar las distintas instrucciones, normas y consejos que se han venido cursando hasta la fecha para conocimiento de los más recientemente incorporados y para recordatorio de los demás, así como establecer, entre otras, ciertas condiciones de admisibilidad y limitaciones, razón por la cual se elabora la presente normativa de actuación y comportamiento que queda concretada en los siguientes apartados:
1.- Senderistas.- Lo son quienes,voluntariamente y bajo su exclusivo riesgo y ventura, se inscriben a las excursiones organizadas por el Grupo de entre todos aquellos que figuran ya inscritos en la Base de datos del blog del mismo al 31 de enero de 2016.
A partir del dia 1 de febrero de 2016, para la admisión de un nuevo senderista será precisa la previa autorización de la Comisión Coordinadora, quien valorará las circunstancias de aquél, sin posibilidad de reclamación alguna a la decisión que adopte. Únicamente serán admitidos los jubilados y prejubilados de BANCAJA y familiares directos.
El senderista que se incorpore por vez primera deberá abonar la suma de veinte euros en concepto de contribución a los gastos de compra o reposición de los aparatos de comunicación del grupo, documentación, etc. Dicha cuota de incorporación no es retornable.
En caso de que un senderista no acuda a ninguna excursión durante un año natural, podrá ser dado de baja de SENDERISTAS ACTIVOS por la Comisión Coordinadora.
2.- Requisitos del senderista.-
Además de hallarse inscrito en la Base de datos del Grupo, gozar de las aptitudes generales para la práctica del deporte del senderismo y, en especial, de las que personalmente considere precisas para la concreta ruta programada, deberá haber suscrito los documentos de exoneración de responsabilidad acordados por el Grupo, estar en posesión de la licencia en vigor de la Federación de Deportes de Montaña y Escalada, respetar las presentes normas y no haber sido sancionado por la Comisión Coordinadora.
El senderista afirma tener conocimiento de que la actividad a realizar es peligrosa y puede tener consecuencias imprevisibles al desarrollarse en terreno montañoso, reconociendo que ha sido informado de todas las características de la actividad (físicas, sicológicas, material, lugar, etc.) y realiza la misma con pleno conocimiento de aquéllas.
El senderista hará constar en la correspondiente casilla, al tiempo de inscribirse en una excursión, que tiene pleno conocimiento de las presentes Normas e Instrucciones.
3.- La Comisión Coordinadora.-Sus funciones quedan desarrolladas en la presente normativa y, esencialmente, sin que ello suponga limitación alguna, consistirán en el establecimiento de normas de actuación y comportamiento, estudio y programación de rutas, establecimiento del medio de transporte y elección de restaurante, limitación, en su caso, del número de asistentes a las excursiones, la elección de sus propios miembros componentes, admitir o rechazar la incorporación de nuevos senderistas, y sancionar en su caso, su comportamiento; todo ello dentro de las más amplia discrecionalidad.
Al tiempo de la publicación de las presentes Normas, la Comisión está compuesta por los siguientes miembros:
Presidente, dos Vicepresidentes, y siete Vocales. Cada uno de ellos tiene asignadas unas tareas, que se reparten en la Comisión correspondiente.
Las vacantes que se produzcan o los nuevos miembros que se integren en la Comisión Coordinadora serán elegidos por cooptación, es decir, por los propios integrantes de la misma, de entre los senderistas más idóneos para el cometido que se precise.
Sus acuerdo se adoptarán por mayoría y, caso de empate, será dirimente el voto del Presidente.
4.- Excursiones e itinerarios.- Tendrán lugar preferentemente los viernes comprendidos entre mediados de septiembre hasta finales de junio del siguiente año. El medio de transporte podrá ser el vehículo particular o el autobús, en función de la distancia y número previsto de asistentes, sin perjuicio de combinar ambos medios de transporte en la misma excursión. La excursión finalizará con una comida en el restaurante elegido por la Comisión.El horario de salida y punto de encuentro serán determinados en cada convocatoria, al igual que los detalles de la ruta, tales como itinerario, grado de dificultad, tiempo previsto, menú a elegir en el restaurante, etc.
En función de las características y dificultad del itinerario, se podrán formar dos grupos, A y B con sus respectivos guías. Las distancias a recorrer podrán oscilar entre 10 y 20 km., aproximadamente. Los recorridos serán de dificultad baja o media y, excepcionalmente, de mayor dificultad, circunstancia ésta que se advertirá en la convocatoria para general conocimiento.
Los itinerarios serán elegidos por la Comisión Coordinadora en función de las características físicas del Grupo y comunicados trimestral o semestralmente al resto de senderistas con suficiente antelación a través del blog del Grupo senderismojubiladosbancaja.blogspot.com.
En previsión de las condiciones meteorológicas o cualquier otra circunstancia, la Comisión podrá anular la excursión, posponerla o sustituirla por otra, se halle o no programada.
Cuando se programe una ruta desconocida, la Comisión adoptará las medidas necesarias para que, previamente a su realización, el guía tenga suficiente conocimiento de la misma, y en todo caso estará auxiliado por cualquiera de los miembros de la Comisión Coordinadora que llevan GPS.
5.- Guía y auxiliares del mismo.- Será Guía el compañero senderista que forme parte de la Comisión Coordinadora designado a tal fin. Excepcionalmente, en función del conocimiento de una ruta determinada, podrá serlo cualquier otro senderista que nombre la Comisión Coordinadora.
El Guía podrá modificar, en función de las circunstancias del caso, el sendero o camino a recorrer en cada excursión.
El Guía o persona en que delegue, marchará siempre el primero del grupo o de la columna y no podrá ser rebasado por nadie sin su autorización. Marcará el ritmo de la marcha y las paradas para el descanso, oxigenación e hidratación, vistas panorámicas, fotografías y otras funciones necesarias o imprescindibles. Será la máxima autoridad dentro del grupo, a la que deberá dirigirse cualquier compañero en caso de duda o necesidad.
El Guía dispondrá de varios compañeros voluntarios para que le ayuden en su cometido controlando la marcha del grupo y estableciendo contacto con aquél por los medios de comunicación de que dispone el Grupo. El último de la marcha será un compañero con sobrada experiencia designado por el Guía. Ningún senderista circulará detrás de este encargado del cierre de la columna.
6.- Convocatoria.- Con antelación suficiente, el Presidente de la Comisión, o en su ausencia el Vicepresidente designado por el, procederá a comunicar la ruta a realizar el siguiente viernes insertándola en el blog del Grupo y, a ser posible, mediante correo electrónico, con el detalle indicado en el anterior punto 4, es decir, señalando el plazo para la inscripción que, salvo se indique otra cosa en la convocatoria, lo será hasta las 16 horas del miércoles anterior a la excursión, descripción del itinerario, guía designado,el coordinador de la excursión, distancia a recorrer, medio de transporte a emplear, puntos de encuentro, grado de dificultad estimado, menú a elegir por el senderista, precio de la excursión o, en su caso, de la comida, etc.
La Comisión Coordinadora podrá limitar la asistencia a las excursiones a un número determinado de senderistas en función de las características de la ruta, de la capacidad del restaurante donde esté prevista la comida, y de la capacidad del autobús
Los admitidos lo serán por riguroso orden de inscripción. A los que carezcan de plaza, se les comunicará su situación quedando en lista de espera para el supuesto de que se produzca alguna vacante.
En todo caso, los miembros de la Comisión Coordinadora tendrán plaza para la asistencia a las rutas que se programen y, como los demás, deberán inscribirse para asistir.
7.- Medio de transporte.-En caso de que el medio de transporte fuera el autobús, las plazas quedarán limitadas en función de la capacidad del mismo y se adjudicarán por orden de inscripción, quedando en reserva quienes se inscriban una vez cubiertas aquellas. En la convocatoria figurarán las paradas y horarios a los que hay que llegar con anticipación dado que el autobús no puede esperar al rezagado.
Cuando se viaje en autobús, en el recorrido de ida se deberá hacer efectivo a la persona/s designada/s por el Presidente o el Guía, el importe de la excursión llevando para ello, a ser posible, la suma exacta.
En caso de renuncia o inasistencia por cualquier causa, el senderista inscrito estará obligado al pago del costo de la plaza del autobús.
8.- Puntos de encuentro.- En el supuesto de que se utilizaran vehículos particulares para el transporte, los puntos de encuentro serán los siguientes:
Ruta de Salida nº 1.- Salidas de Valencia ciudad a las autovías de Teruel y Barcelona: Parking Alcampo en Port Saplaya/Alboraya.
Ruta de salida nº 2.- Salidas por la autovía de Ademuz: en la calle detrás del Casino al final de la Avda. Cortes Valencianas.
Ruta de Salida nº 3.- Salidas por la autovía A-3. El punto de encuentro será en la Gasolinera Repsol, en la salida de Godelleta, después de pasar la REVA.
Ruta de Salida nº 4.- Salidas que se realicen a través de la autopista de Silla (A-7). En tal caso, será el parking existente junto al Hotel Albufera, en la segunda salida hacia el Centro Comercial Alfafar.
Deberá extremarse la puntualidad en la llegada al punto de encuentro.
Caso de que se empleara el autobús como medio de transporte, el horario y las paradas serán fijadas en la convocatoria.
9.- Principios que se deben observar:
a) Durante la ruta.
-El senderista valorará la ruta a realizar. Cada cual ha de ser consciente de sus características y posibilidades físicas
-Seguir las instrucciones del Guía o compañeros delegados por él.
-No perder de vista al compañero que circule por delante ni al que vaya por detrás procurando que se marche de la forma más agrupada posible por seguridad y en evitación de pérdidas.
-El senderista evitará toda situación que, por imprudencia, pueda poner en peligro su integridad física así como interferir el normal desarrollo de la excursión por el resto de compañeros.
-No detenerse con asiduidad para hacer fotos, coger hierbas aromáticas,bañarse, etc. . Esperar a las paradas previstas por el Guía en evitación de retrasos.
-Llevar siempre prendas adecuadas en función de la estación y del tiempo previsto, tales como impermeable, cortavientos, gorra o sombrero, botas adecuadas, guantes, etc. No olvidarse de los palos y la protección solar. Es fundamental que el senderista conozca previamente la situación meteorológica de la zona a recorrer a fin de llevar la ropa más apropiada.
-Llevar en la mochila el bocadillo o alimentos alternativos, y sobre todo, agua (se recomienda como mínimo un litro), y/o otros líquidos pues la hidratación es fundamental en el ejercicio físico e incluso un pequeño botiquín y el teléfono móvil con batería cargada.
-Respetar la flora y la fauna de cada lugar; evitar ruidos y voces.
-No llevar animales de compañía.
-Respetar la normativa de prevención de incendios forestales y, en especial, no fumar ni encender fuego en el monte.
-La basura que se genere deberá ser depositada en contenedores, nunca abandonada en el campo.
- Y siempre, mantener las reglas de respeto y convivencia con los compañeros, prestando ayuda en caso necesario.
b) En el restaurante.
-El comensal únicamente tiene derecho a la consumición de lo contratado de modo que, en caso de pedir algo que exceda de ello, en la barra o en la mesa, bien antes o después de la comida, el coste deberá ser asumido por quien lo solicitó y no podrá incluirse en la cuenta general.
-El senderista deberá tener presente el menú que ha elegido. Si alguien no lo recuerda deberá preguntarlo al Coordinador de la excursión, o al Guía. Queda terminantemente prohibido consumir un plato que no haya solicitado.
-Se procurará sentarse uno al lado de otro, según se llegue a las mesas, de forma que las sillas libres queden agrupadas en un extremo y no salteadas entre los que ya están sentados.
-Antes del inicio de la comida los senderistas deberán tener preparado el importe de la comida, si éste no se hubiera satisfecho durante el recorrido en el autobús, con el fin de hacerlo efectivo a la persona o personas encargadas del cobro. Se considerará muy grave el hecho de levantarse de la mesa o abandonar el restaurante sin haber abonado el importe de la comida.El momento del cobro lo establecerá la Comisión Coordinadora, y si es el día de la excursión, lo determinará el Coordinador de la excursión.
-Terminada la comida y tras la sobremesa, en la hora prudencial que estime el Coordinador de la excursión, se propondrá el regreso.
10.- Advertencias y sanciones. Facultad de la Comisión Coordinadora.
El comportamiento del senderista debe estar presidido, como lo ha sido hasta ahora, por las reglas de buena convivencia y camaradería con el resto de compañeros a fin de poder disfrutar de la naturaleza y de los beneficios que la práctica del senderismo reporta para la salud.
No obstante, para el supuesto de quebrantamiento o inobservancia grave o reiterada de las normas anteriormente establecidas, la Comisión Coordinadora queda facultada discrecionalmente para sancionar al causante con la privación de asistencia a las excursiones durante el plazo que determine o, incluso con la expulsión del Grupo.
De otro lado, la Comisión Coordinadora podrá reconocer anualmente mediante la concesión de distinciones o diplomas a los senderistas más destacados en cualquier aspecto de la actividad.
11.- Ley de Protección de Datos.- La incorporación al grupo supone laaceptación de que los datos personales de la ficha se incorporen a la base de datos del Blog.
Esta base de datos sólo está accesible a los miembros de la Comisión para funciones de control y organización. Si un senderista se da de baja podrá solicitar que se borren sus datos personales de la base de datos
También acepta que su nombre aparezca en crónicas y su imagen en fotografías que puedan ser publicadas en el blog del grupo, siendo éste de acceso público
También acepta que su nombre quede reflejado en la tabla de estadísticas de actividad de senderismo, que también es publicada en el blog del grupo. Si un senderista se diera de baja, su nombre y actividad no serían borrados del histórico a efectos estadísticos.
Las presentes Normas en cuanto que han sido aprobadas por la Comisión Coordinadora son de obligado cumplimiento por todos los senderistas del Grupo. No tienen carácter de inamovibles y, por tanto, podrán ser modificadas o ampliadas por la citada Comisión.
Valencia a 02 de Febrero de 2016.
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